PCR negativo y cuarentena obligatoria de 10 días, entre los requisitos que Argentina impone para quienes ingresen al país hasta el 8 de enero

requisitos para ingresar a Argentina
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Ya lo hemos advertido conforme avanzan los días y se registran incrementos en las curvas de contagio en diferentes países vecinos: la situación sanitaria en el territorio argentino se encuentra en un estado alarmante debido a la posibilidad de propagación no solo del virus ya conocido por todos sino también de nuevas y más peligrosas variantes del virus.

En efecto, con el objetivo de frenar la expansión del virus, conforme a la Decisión Administrativa 2252/2020, los nuevos requisitos exigidos para ingresar al país desde el pasado 25 de diciembre de 2020 y con vigencia hasta el próximo 8 de enero de 2021 inclusive comprenden:

PCR negativo y cuarentena obligatoria de 10 días, entre los requisitos que Argentina impone para quienes ingresen al país hasta el 8 de enero
PCR negativo y cuarentena obligatoria de 10 días, entre los requisitos que Argentina impone para quienes ingresen al país hasta el 8 de enero

Para argentinos y/o residentes en Argentina:

• Completar la DDJJ http://ddjj.migraciones.gob.ar/app/ dentro de las 48hs previas al viaje y presentar al momento del check in, el comprobante que recibió en su mail al finalizar la declaración y 

Presentar constancia de  PCR con resultado negativo realizado con un máximo de SETENTA Y DOS (72) horas previas al embarque.

Excepciones:  
          – Aquellas personas que hayan presentado COVID-19, en los 90 días previos al ingreso al país, confirmada por laboratorio, no necesitarán presentar la prueba PCR negativa, para su ingreso. A dicho efecto, deberán acreditar los resultados de las pruebas diagnósticas para SARS-CoV-2 y agregar el alta médica luego de haber pasado más de diez días del diagnóstico. 
          – Menores de 6 años

Quienes no puedan realizar la prueba PCR en origen por una causa debidamente justificada, en cuyo caso deberán contar con una certificación médica que acredite que no tienen síntomas compatibles con COVID 19, emitida también al menos 72 horas antes de viajar, que deberá agregarse a la declaración jurada electrónica y además deberán realizar el estudio PCR en el lugar de destino.

• Realizar cuarentena obligatoria de 10 días desde que le fuera efectuada la prueba de PCR negativa cuyo plazo será computado del siguiente modo:  
           – Quienes cuenten con prueba PCR negativa en origen 72 hs. antes del embarque, deberán cumplir 7 o más días de cuarentena en destino hasta totalizar los 10 días computados a partir de la toma de la muestra.   
           – Quienes no puedan realizar PCR en origen, deberán acreditar ausencia de síntomas con certificación médica y realizar la prueba PCR en destino con la mayor inmediatez posible a su arribo al país, cumplimentando los 10 días de cuarentena obligatoria, desde el momento de su llegada.   

Para turistas provenientes de países limítrofes que sean nacionales o extranjeros residentes en los mismos, y cuyo destino sea el Área Metropolitana de Buenos Aires:  

Queda suspendida la autorización de su ingreso. 

Para extranjeros ingresando a Argentina que sean parientes directos de ciudadanos argentinos y que no requieran visado: 

Se habilita el ingreso al territorio nacional de los extranjeros no residentes que sean parientes directos de ciudadanos argentinos (padres, hijos, cónyuges o convivientes), y que ingresen transitoriamente a nuestro país por razones de necesidad, y no requieran visado. Los mismos deberán: 

• Completar la DDJJ http://ddjj.migraciones.gob.ar/app/ dentro de las 48hs previas al viaje y presentar al momento del check in, el comprobante que recibió en su mail al finalizar la declaración.

• Deberán contar con constancia de PCR con resultado negativo -con un máximo de SETENTA Y DOS (72) horas previas al embarque e incluir dicha constancia a la Declaración Jurada Electrónica.

Realizar cuarentena obligatoria de 10 días desde que le fuera efectuada la prueba de PCR negativa.

• Contar con un seguro de asistencia médica que comprenda prestaciones de internación y aislamiento por COVID-19 y no tenga exclusiones o limitaciones durante toda la estadía.

• Acreditar ante la aerolínea: certificado de nacimiento, matrimonio o de convivencia debidamente legalizado y/o apostillado (*) que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino, copia del DNI argentino del familiar a quien visita y reserva de pasajes
(*)  En USA los documentos se deberán ser apostillados. 

• Presentar al momento del ingreso al territorio nacional y ante el inspector migratorio, nota de solicitud donde se explique brevemente la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso, lugar donde se hospedará el extranjero y toda otra información relevante que le sea requerida. 

A tener en cuenta: Menores de 6 años queden eximidos de presentar PCR. Por cualquier duda, contactar preferentemente con el consulado argentino.

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